loader image
VALORES ÉTICOS

HORA ÉTICA BIOQUÍMICA

De acuerdo a la Resolución Nº 03/2024 de la Comisión Directiva del Colegio de Bioquímicos de Santa Fe Segunda Circunscripción se actualiza la Hora Ética Bioquímica:

  • a partir del 1º de MARZO de 2024 a $5.900.

HORA ÉTICA BIOQUÍMICA DE ESPECIALISTA

De acuerdo a la Resolución Nº 05/2021 de la Comisión Directiva del Colegio de Bioquímicos de Santa Fe Segunda Circunscripción se fija el valor de la Hora Ética Bioquímica de Especialista en un 25% adicional al valor fijado por la Hora Bioquímica por este Colegio:

  • a partir del 1º de MARZO de 2024 a $7.375.

HORA BIOQUÍMICA ÉTICA DE DIRECCIÓN TÉCNICA DE LABORATORIO

De acuerdo a la Resolución Nº 13/2023 de la Comisión Directiva del Colegio de Bioquímicos de Santa Fe Segunda Circunscripción se fija el valor de la Hora Bioquímica Ética de Dirección Técnica de Laboratorio en un 25% adicional al valor fijado por la Hora Bioquímica Ética por este Colegio:

  • a partir del 1º de MARZO de 2024 a $7.375.

UNIDAD BIOQUÍMICA ÉTICA MÍNIMA

De acuerdo a la Resolución Nº 04/2024 de la Comisión Directiva del Colegio de Bioquímicos de Santa Fe Segunda Circunscripción se actualiza la Unidad Bioquímica Ética Mínima:

  • a partir del 1º de ABRIL de 2024 a $818.

SOBRE EL ORIGEN Y SIGNIFICADO DE LA HORA ÉTICA BIOQUÍMICA

En 1951, cuando se creó el Colegio de Bioquímicos de la Provincia de Santa Fe, el ejercicio laboral de nuestra profesión y la de las otras mencionadas en la Ley 3950 era casi exclusivamente autónomo, tratándose en nuestro caso de una actividad llevada a cabo en forma casi artesanal en laboratorios individuales. En 2021, si bien continúan existiendo los laboratorios unipersonales y las sociedades de hecho entre profesionales que se reparten la facturación, nos encontramos con que la mayoría de nuestros matriculados y matriculadas trabajan como empleados en relación de dependencia formal o como prestadores de servicio bajo el régimen del monotributo profesional (siendo ésta una relación laboral informal). Además, los empleadores presentan una heterogeneidad asombrosa: los estados nacional, provincial y municipal en forma directa o mediante sus organismos descentralizados, la universidad, la industria diagnóstica, asociaciones sindicales, sanatorios y laboratorios de pequeña, mediana y alta complejidad.

Existiendo una relación laboral formal, la naturaleza de la misma, desde la carga horaria hasta su retribución, es de competencia exclusiva del sector que se trate y se regula mediante Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) de sindicatos actualizados por las correspondientes paritarias. Sin embargo, también existen situaciones de suplencias, contratos transitorios o profesionales que por diferentes motivos deben facturar a terceros (bioquímicos o no bioquímicos) por el tiempo empleado en la atención bioquímica y no por la cantidad de pacientes atendidos o las prácticas realizadas.

Históricamente el CBSF2 ha luchado para remediar una situación que bajo la figura del monotributo profesional coloca a estos colegas obligados a facturar en la posición de ejercicio independiente ante la Caja de Previsión Social para los Profesionales del Arte de Curar. Como soluciones a esta situación se ha planteado Plan Joven y la reducción de aportes para las categorías más bajas del monotributo. Sin embargo, persiste el problema de fondo dado que en realidad la emisión de factura como prestadores de servicio bajo el régimen del monotributo profesional es una relación laboral no reconocida con el consiguiente otorgamiento discrecional de vacaciones, aguinaldo, adicional por antigüedad y demás derechos reconocidos por la Ley de Contrato de Trabajo.

La Hora Bioquímica Ética nace de esta realidad. Es oportuno recordar que en nuestro país se encuentra vigente el Decreto 2284/91 que desregula el comercio interior de bienes y servicios y que en su artículo 8 dice textualmente:

Déjanse sin efecto las declaraciones de orden público establecidas en materia de aranceles, escalas o tarifas que fijen honorarios, comisiones o cualquier otra forma de retribución de servicios profesionales, no comprendidos en la legislación laboral o en convenios colectivos de trabajo, en cualquier clase de actividad…”

Por esa razón y ante la ausencia total de marcos de referencia para nuestra actividad, el CBSF2 creó a principios de la última década del siglo pasado la Hora Bioquímica Ética para el trabajo profesional, en 2020 la Unidad Bioquímica Ética Mínima para los aranceles bioquímicos y en 2021 la Hora Bioquímica Ética para Especialistas, amparándose para ello en el artículo 14 inciso “j” de nuestro Estatuto, que faculta a la Mesa Directiva la potestad de “Justipreciar los honorarios profesionales en caso de solicitación de las partes interesadas o juez competente”. La palabra “Ética” en ambos casos representa un compromiso, ya que si bien los arreglos entre privados quedan establecidos por la oferta y la demanda y pueden ser hechos por valores superiores o inferiores, creemos que se trata de la retribución mínima que una actividad esencial y con un impacto directo en la salud pública demanda y exige. De esta formala Hora Bioquímica Ética establece una referencia para la actualización periódica de los honorarios mínimos para servicios profesionales bioquímicos fijados por el CBSF2.

En el caso particular de la Hora Bioquímica Ética, la misma nació como una fracción del valor percibido por un profesional del ámbito provincial, llegándose en 2011 a convenir con los titulares de laboratorios sanatoriales y laboratorios de mediana y alta complejidad a aplicar los aumentos del CCT de la Asociación de Trabajadores de la Sanidad Argentina (ATSA). Es necesario indicar que es ese tiempo, ATSA no reconocía a los bioquímicos dentro del CCT, situación que se revirtió hace unos pocos años incorporándolos a sus escalas. Además, en 2010 el Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFYB) adquiere su personería gremial y se incorpora a la Confederación General del Trabajo en 2012. Es pertinente destacar que son los sindicatos quienes tienen la facultad de mediar las relaciones laborales entre empleador y empleado, siendo sus objetivos el reducir la cantidad de profesionales que facturan sus honorarios como monotributistas, velando por una relación laboral en blanco, con recibo de sueldo y sindicalizados.

Finalmente, y a modo de conclusión, la retribución de quienes trabajan en nuestra profesión debe verse en el contexto de la financiación del sistema de salud pública de gestión estatal y privada, como parte de un reclamo mancomunado basado en la importancia de la Bioquímica no sólo para la prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades humanas sino en la investigación, la epidemiología y la toma de decisiones sanitarias y en el que los derechos laborales de los hombres y las mujeres que se desempeñan en este campo no admiten cuestionamientos.