Publicado el 19/05/2025
Compartimos la comunicación de la Coordinadora de Colegios de Bioquímicos de Ley de la República Argentina:
“En nuestro carácter de representantes de los Colegios de Bioquímicos creados por Ley en diversas jurisdicciones del país, expresamos nuestro más enfático y categórico rechazo al proyecto de modificación del Decreto 2293/92, el cual propone la eliminación de las tasas regulatorias, la matrícula profesional obligatoria, las cuotas colegiales y cualquier tipo de contribución obligatoria vinculada al ejercicio profesional.
Este proyecto, que se inscribe en un contexto de políticas de desregulación generalizadas impulsadas por el Poder Ejecutivo Nacional, no solo desconoce la normativa vigente que rige el ejercicio de las profesiones liberales en la República Argentina, sino que atenta directamente contra la estructura institucional que garantiza el control de la matrícula, la defensa del ejercicio ético, y la protección de la salud pública.
Las leyes provinciales, como por ejemplo la Ley N° 5.482 de la Provincia de Tucumán, otorgan a los Colegios Profesionales funciones públicas indelegables, tales como la matriculación, el control del ejercicio profesional, la potestad disciplinaria, la actualización permanente de los estándares profesionales, y la representación institucional de sus matriculados. Estas funciones, avaladas por el principio constitucional de autonomía provincial consagrado en el artículo 121 de la Constitución Nacional, no pueden ser avasalladas por normas de carácter nacional de menor jerarquía ni por decretos de necesidad y urgencia que exceden el marco de razonabilidad establecido por la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En este sentido, la jurisprudencia nacional ha sido contundente. La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido reiteradamente que los Colegios Profesionales ejercen funciones de derecho público, y que las provincias conservan la potestad de establecer los requisitos para el ejercicio de las profesiones liberales dentro de su territorio (Fallos: 308:1251, 329:5266). La pretendida “libertad de ejercer sin matrícula ni colegiación” desconoce este principio y desvirtúa la naturaleza pública del control profesional.
A su vez, prestigiosa doctrina jurídica ha advertido que la eliminación de los mecanismos de colegiación obligatoria supone un vaciamiento institucional que pone en riesgo no solo la calidad del servicio profesional, sino también la salud, la seguridad y los derechos de los ciudadanos. Desregular el ejercicio profesional es entregar a la sociedad a la incertidumbre, la informalidad y la ausencia de garantías éticas mínimas.
Desde la Coordinadora de Colegios de Bioquímicos de Ley de la República Argentina consideramos que este proyecto representa una amenaza directa al orden público sanitario, a la calidad profesional, a la seguridad de la población, y al propio sistema federal de competencias.
Reafirmamos nuestra voluntad de defender con firmeza el rol de los Colegios Profesionales como garantes de un ejercicio ético, responsable y calificado de la profesión bioquímica, y convocamos a todas las instituciones colegiadas, asociaciones científicas y académicas, autoridades provinciales, legisladores y a la sociedad civil a manifestarse con igual firmeza en defensa de los derechos colectivos involucrados.
Porque un país no se construye con menos Estado, menos control y menos calidad profesional, sino con más compromiso, más institucionalidad y más responsabilidad social.”
