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El Colegio

RESEÑA HISTÓRICA

Primeros pasos: Ley de Sanidad

El 13 de Diciembre de 1932 se sanciona la Ley de Sanidad (ley Nº 2287) que surge para dar respuesta a la necesidad de conocer cuántos profesionales de Arte de Curar existían y en que localidades de la Provincia desempeñaban sus funciones. En la ley se expresa que:

“Nadie podrá ejercer una rama del arte de curar si no está inscripto en la matricula correspondiente que llevara el Consejo Médico. Los que a la promulgación de la presente no se encuentren inscriptos, deberán hacerlo dentro del término de seis meses. Los que violaron esta disposición serán pasibles de multa de mil pesos nacionales por cada mes que transcurra sin cumplirse dicho requisitos” (artículo 20).

“Prohíbase a los inscriptos en la matrícula para el ejercicio de una rama del arte de curar, asociarse con otro que no se encuentre en las mismas condiciones legales de ejercicio”(artículo 25).

“…solo podrán ejercer en el territorio de la provincia el arte de curar y ramas auxiliares, los habilitados por la Universidad Nacional, los que tengan títulos emanados de la Universidad extranjera, de acuerdo a los tratados de reciprocidad, y los contratados por las Facultades de Medicina de las Universidades del país, salvo las excepciones prescriptas por la Ley” (artículo 18).

De esta forma, en los orígenes de nuestra profesión la matriculación de los bioquímicos se realizaba en forma conjunta con el resto de las profesiones del Arte de Curar en el denominado Consejo deontológico.

La Ley fue varias veces modificada por otras leyes, como por ejemplo, las leyes Nº 3681, Nº 3950 y Nº 5169.

Discusión política: Ley de los Colegios Profesionales del Arte de Curar

Luego de 20 años de sancionada la Ley de Sanidad, en Julio de 1950, en el Senado de la Provincia de Santa Fe se debate el proyecto que luego se transformaría en la Ley N° 3950. Por entonces, la mayoría de la Cámara de Senadores correspondía al Partido Justicialista por el cual habían sido electos los senadores Bonsembiante y Manini impulsores del proyecto.

Uno de los puntos más criticados por quienes se oponían al mismo era la obligatoriedad de la colegiación. El senador Manino opinó que; i) la creación de Colegios, entidades que no estaban reñidas con las libertades establecidas en la Constitución y las leyes que reglamentaban su ejercicio, tenía por fin conseguir un bien público cuya importancia estaba por encima de la pequeña coerción que podía significar la agremiación, ii) en todos los casos, por aplicarse de igual modo a los profesionales con idéntico título, afirmaba el principio de libertad de la Suprema Corte “en iguales circunstancias”; y las profesiones liberales debían ejercerse conforme a las leyes que las reglamentan, iii) en todos los casos contemplaban como imprescindible la previa inscripción del diploma (matrícula) y el sometimiento a la autoridad disciplinaria y de inspección de una rama de la administración, y iv) la libertad del profesional no se coartaba sino que se afirmaba con la colegiación obligatoria.

El senador Manino prosiguió diciendo que: i) el Estado podía delegar parte de su “imperio” en personas u organismos adecuados que si se constituían por elección de todos los interesados por expresión de esa voluntad estarían en mejores condiciones de atender los asuntos de los profesionales que los actuales funcionarios del estado, en muchos casos de otra profesión y con otros intereses y responsabilidades, ii) la experiencia había demostrado que la fiscalización profesional por parte del Estado era imperfecta y también que era imperioso cumplirla con mayor energía y atención, y iii) la supervivencia de la libertad daba lugar a entidades poco eficaces y con escaso volumen representativo (se refiere a los Consejos Deontológicos) que quedaban libradas en su acción a los pocos profesionales idealistas que brindaban su tiempo, su inteligencia y su entusiasmo a una causa que solo entendían unos pocos. Es por eso que para una representación debía ser “obligatoria para quienes ejercen la profesión y voluntaria para quienes sin ejercerla poseen título habilitante”.

Por su parte, el senador Trucco de la UCR, dijo que los auxiliares de la medicina (enfermeros, ópticos, campimetristas, mecánicos dentales, audiometristas) eran más numerosos que los profesionales y tenían derecho a formar su propio colegio. Opinó que la Ley propiciaría y obligaría al trabajo ad honorem para los cargos de los Colegios, “como si ya no estuviéramos saturados de esa enfermedad epidémica que con figura de caridad, cumplimiento del deber y amor al prójimo llena una función social que nadie retribuye y que sólo queda en el sentir del beneficiado y sigue propiciando la creación de consorcios, mutuales y sociedades benéficas”, y concluyó diciendo que eso estaba en pugna con la Constitución Nacional cuando afirmaba que el trabajo debía ser remunerado. Además, observó que la norma jurídica de la libertad de agremiación de la Constitución estaba reñida con ese proyecto, proclamó su disidencia absoluta y el voto de su bancada en contrario. Termina diciendo que “quien ha vivido en un clima amoldado a la integridad moral de quienes constituían la escasa falange de profesionales se inquieta de los que, de aprobarse este proyecto, tendrán que depender de fuerzas extrañas al dictado de su propia convicción”.

A estas palabras, el senador Bonsembiante respondió que i) las críticas al proyecto como contrario a la libertad de trabajo revelaban un lamentable desconocimiento de su articulado, sus verdaderos fines y sus límites precisos, y ii) solo un individualismo extremo, antisocial y disolvente podían oponerse a la eficacia de la colegiación y tacharla de anticonstitucional. Recordó que no existían los derechos absolutos sino supeditados a las leyes que reglamentan su ejercicio y que el proyecto reemplazaría a los Consejos Deontológicos, órganos oficiales pagados por el gobierno y sometidos naturalmente al contralor del poder público, por lo que no tenía explicación satisfactoria la crítica que se había hecho. Finalmente, terminó citando las palabras pronunciadas por el entonces Presidente de la Nación Juan Domingo Perón en ocasión del Congreso del Notariado Latino de 1948: “Si imponer la afiliación a la asociación profesional representase una limitación a la libertad individual para ejercer una profesión, con igual fundamento se podría decir que es atentatorio contra la libertad la imposición de otras condiciones como por ejemplo un límite mínimo de edad o la obtención de un título facultativo”.

Las voces contrarias al proyecto continuaron. El senador Albizatti señaló que la Confederación Gremial Médica de la provincia y los Círculos Odontológicos de Rosario y Santa Fe estaban en desacuerdo con el mismo. El senador Miró Plá afirmó que la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas decía que nadie podía ser obligado a pertenecer a una asociación, se quejó de la multiplicidad de organismos a crearse (a los que llamó “frondosa burocracia”) y de que el Poder Ejecutivo pudiera intervenir a los Colegios.

Entonces tuvo lugar un interesante contrapunto entre los senadores Plá y Bonsembiante. Cuando el senador Plá dijo que el Colegio de Kinesiólogos “sería imaginario” porque en la zona norte solo existían dos profesionales, el senador Bonsembiante respondió que se trataba de una profesión universitaria y aunque no existieran en ese momento lo harían en el futuro. Además, manifestó la disposición a incluir a los profesionales con títulos universitarios cuando el senador Plá observó que faltaban otros “gremios auxiliares”. Luego el senador Bonsembiante le dijo al senador Plá que no habría aceptado el proyecto si los médicos hubieran formado un Colegio conjuntamente con otros profesionales del Arte de Curar. El senador Plá reconoció que no y que hubiera sugerido la supresión de los Colegios Asesores que dijo que “no tenían otra función que la de electores y los cuerpos directivos”, ante lo que Bonsembiante respondió que a ese paso hubiera suprimido todo el proyecto. Luego el senador Plá observó que los cargos en los Colegios no debían ser gratuitos, no sólo por el perjuicio que significaban los desplazamientos sino por el lucro cesante debido al abandono de las ocupaciones, ante lo que Bonsembiante propuso que se estableciera un viático para esas situaciones, y se opuso de manera rotunda a la sugerencia del senador Plá de que un representante del Poder Ejecutivo desempeñase la presidencia de cada Colegio.

Luego de la ardua discusión en la Cámara, finalmente se promulga el 22 de Septiembre de 1950 la Ley de los Colegios Profesionales del Arte de Curar (Ley Nº 3950) para la regulación del ejercicio de la profesión. En esta ley se expresa que:

“Quedan instituidas las entidades civiles denominadas Colegios que funcionaran con el carácter, derechos y obligaciones de las personas jurídicas”(artículo 1).

“Los Colegios de Profesionales del Arte de Curar tienen por finalidad: a) Establecer un eficaz resguardo de las actividades del arte de curar y el control superior en la faz moral y material del ejercicio de las distintas disciplinas que lo integran; b) Propender al mejoramiento profesional en sus aspectos científico, cultural y económico; c) Fomentar el espíritu de solidaridad y las relaciones amistosas entre colegas; d) Contribuir al estudio y solución de los problemas que en cualquier forma afecten al ejercicio profesional y a la salud pública (Ley Nº 2998)”(artículo 3).

Las disposiciones complementarias y transitorias de la Ley Nº 3950 estableció que en un plazo comprendido dentro de los 90 días a partir de promulgada la ley, los profesionales inscriptos en el Consejo Deontológico quedaban automáticamente inscriptos en los nuevos organismos. Vencido dicho plazo, y dentro de los 30 días posteriores, el Poder Ejecutivo convocaría a los profesionales del Arte de Curar para la elección de las autoridades de los respectivos Colegios. Una vez constituidos, se confecciones sus respectivos estatutos y reglamentos internos.

Creación del Colegio de Bioquímicos de la Provincia de Santa Fe 2da circunscripción.

Poco menos de un año después de promulgada la Ley, el 13 de Julio de 1951, se realiza la primera reunión del CBSF2 en el local de Corrientes 356 (Rosario) bajo la dirección del Dr Jorge Raúl Perochena y con sesiones semanales los días miércoles. A modo de anécdota, en el primer acta puede leerse un aviso de un profesional que solicita autorización para publicar el siguiente anuncio: “Dosajes hormonales – Estudio colpocitológico del ciclo sexual femenino – Diagnóstico precoz del embarazo con sapos machos”.

En los primeros años, el CBSF2 cambió frecuentemente de sede, sesionando desde Octubre de 1952 hasta Abril de 1953 en un local de SanLorenzo 1010 4° piso Dpto 30. Desde Abril de 1953 a Mayo de 1954, lo hizo en Mendoza 1345, volviendo el 3 de Junio de 1954 al local de Corrientes 356 hasta Noviembre de 1954. En Diciembre de ese año (Acta N° 176), y bajo la presidencia del Dr Luis Rossi, se decide nuevamente cambiar de sede. El 16 de Febrero de 1955, se realiza la primera sesión en un local alquilado por el Colegio de la calle Dorrego 757 (Acta N° 183). En ese lugar, el CBSF2 permaneció hasta el 24 de Junio de 1970, cuando bajo la presidencia del Dr Alfredo Borghi pasa a tener, por primera vez, sede propia en Catamarca 2011. Entonces, los Drs Francisco Zaccara y Fausto Robledo donaron “70.000 pesos Ley 18188” que fueron utilizados para la adquisición del inmueble (Acta N° 875).

En Noviembre de 1972, ante la concesión de la personería civil al Centro de Trabajo Bioquímico, el mismo propuso al CBSF2 la compra de una propiedad en conjunto (Acta N° 943). El 15 de Marzo de 1973, bajo la segunda presidencia del Dr. Alfredo Borghi, tuvo lugar la primera reunión en Santa Fe 1828, convirtiéndose desde entonces la sede del Colegio, el cual fue adquirido por la suma de “190.000 pesos Ley 18188”.

El CBSF2 tiene por objeto general la vigilancia del ejercicio de la profesión bioquímica en los 7 departamentos del Sur de la Provincia de Santa Fe:

Departamento Rosario

Comprende los distritos de Acebal, Albarellos, Álvarez, Alvear, Arminda, Arroyo Seco, Carmen del Sauce, Coronel Bogado, Coronel Rodolfo S. Domínguez, Fighiera, Funes, General Lagos, Granadero Baigorria, Ibarlucea, Pérez, Piñero, Pueblo Esther, Pueblo Muñoz, Pueblo Uranga, Rosario, Soldini, Villa Amelia, Villa Gobernador Gálvez y Zavalla.

Departamento General Lopez

Comprende los distritos de Aarón Castellanos, Amenábar, Cafferata, Cañada del Ucle, PavónCarmen, Carreras, Chapuy, Chovet, Christophersen, Diego de Alvear, Elortondo, Firmat, Hughes, La Chispa, Labordeboy, Lazzarino, Maggiolo, María Teresa, Melincué, Miguel Torres, Murphy, Rufino, San Eduardo, San Francisco de Santa Fe, San Gregorio, Sancti Spiritu, Santa Isabel, Teodelina, Venado Tuerto, Villa Cañás y Wheelwright.

Departamento San Lorenzo

Comprende los distritos de Aldao, Capitán Bermúdez, Carcarañá, Coronel Arnold, Fray Luis Beltrán, Fuentes, Luis Palacios, Puerto General San Martín, Pujato, Ricardone, Roldán, San Jerónimo Sud, San Lorenzo, Timbúes y Villa Mugueta.

Departamento Belgrano

Comprende los distritos de Armstrong, Bouquet, Las Parejas, Las Rosas, Montes de Oca y Tortugas.

Departamento Constitución

Comprende los distritos de Alcorta, Bombal, Cañada Rica, Cepeda, Empalme Villa Constitución, General Gelly, Godoy, Juan Bernabé Molina, Juncal, La Vanguardia, Máximo Paz, Pavón, Pavón Arriba, Peyrano, Rueda, Santa Teresa, Sargento Cabral y Theobald.

Departamento Iriondo

Comprende los distritos de Bustinza, Cañada de Gómez, Clarke, Classon, Correa, Lucio V. López, Oliveros, Pueblo Andino, Salto Grande, Serodino, Totoras y Villa Eloísa.

Departamento Caseros

Comprende las siguientes comunas: Arequito, Arteaga, Berabevú, Bigand, Chabás, Chañar Ladeado, Gödeken, Los Molinos, Los Nogales, Los Quirquinchos, San José de la Esquina, Sanford, Villada.

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7Primer presidente del CBSF2: Dr Jorge Raúl Perochena

El primer. Nacido en Colón (Buenos Aires) el 11 de enero de 1916, el Dr Perochena cursó sus estudios primarios en esa misma ciudad, para luego realizar los estudios secundarios en el Colegio Nacional de Pergamino. La ciudad de Rosario lo recibe para cursar la carrera de Farmacia graduándose en 1939. Problemas económicos en su seno familiar lo obligan a abandonar momentáneamente sus estudios y ejercer como farmacéutico en Coronel Pringles, aunque al año siguiente retornó a la facultad y en 1941 obtuvo el título de Bioquímico.

Su militancia política arranca en su época de estudiante, en la cual participó activamente en la lucha por mejorar las condiciones de sus compañeros y la formación universitaria en, por ese entonces, Facultad de Ciencias Médicas, Bioquímica, Farmacia y Ramos Menores. Perteneciendo a la Escuela de Bioquímica y con el apoyo unánime del resto de las escuelas (Medicina, Farmacia y Odontología), el Dr Perochena fue nombrado presidente del Centro de Estudiantes de dicha facultad, produciéndose durante su mandato la compra de la propiedad de la Av Francia y Santa Fe que durante muchas décadas fue sede de dicho Centro. Asimismo formó parte como representante estudiantil del Consejo Directivo de la Facultad, ocupando posteriormente un cargo en dicho Consejo en representación de los egresados.

Su vocación de servicio lo llevó a ser un destacado participante en la creación de los Colegios Profesionales del Arte de Curar y a convertirse en el primer presidente del CBSF2, cargo que desempeñó de 1951 a 1954 y presidiendo la primera reunión de Comisión Directiva de la entidad en 13 de julio de 1951. Desde el 4 de agosto de 1954, el Dr Perochena desempeñó el cargo de presidente del Cuerpo Directivo de ambas circunscripciones.

Participó activamente en la Caja de Seguridad Social, primero en representación de los bioquímicos y luego de los pasivos, llegando a ser Director de dicha entidad. Posteriormente, fue Secretario General de la Asociación de Jubilados y Pensionados de Profesionales del Arte de Curar durante varios períodos, siendo además redactor de del boletín de dicha entidad.

En la actividad privada, creó un laboratorio dedicado a la fabricación de hormonas el cual debió cerrar a causa de un inciencio. Posteriormente, abrió un laboratorio en la calle Tucumás al 1500 que luego trasladó a Santa Fe 2461 en donde trabajó hasta su jubilación. Se desempeñó como bioquímico en el sanatorio Británico, Clínica de la Piel, Instituto de Cardiología, Hogar Escuela de Granadero Baigorria, el Correo y Hospital Español donde estuvo 25 años y llegó a ser jefe del laboratorio.

El Dr Perochena falleció en 1994. Casado con Beatríz España, fue padre de dos hijos: Jorge Raúl y Marcela.

Presidentes de la Mesa Directiva del CBSF2

  • Periodo 1951 – 1954          Dr Jorge Raúl Perochena
  • Periodo 1954 – 1957          Dr Luis M. Rossi
  • Periodo 1957 – 1960          Dr Carlos A. Velazco
  • Periodo 1960 – 1963          Dr. Roberto L. Cerini
  • Periodo 1963 – 1966          Dr. Ernesto Schillagi
  • Periodo 1966 – 1969          Dr. Ricardo R. Berli
  • Periodo 1969 – 1972          Dr. Alfredo L. Borghi
  • Periodo 1972 – 1975          Dr. Alfredo L. Borghi
  • Periodo 1975 – 1978          Dr. Franscisco V. Nicastro
  • Periodo 1978 – 1981          Dr. Carlos A. Di Benedetto
  • Periodo 1981 – 1984          Dr. Carlos A. Di Benedetto
  • Periodo 1984 – 1987          Dr. Jose M. Céspedes
  • Periodo 1987 – 1990          Dr. Daniel C. Ezpeleta
  • Periodo 1990 – 1993          Dr. Daniel C. Ezpeleta
  • Periodo 1993 – 1996          Dr. Sergio M. Luchini
  • Periodo 1996 – 1999          Dr. Sergio M. Luchini
  • Periodo 1999 – 2002          Dr. Jorge A. Cravero
  • Periodo 2002 – 2005          Dr. Jorge A. Cravero
  • Periodo 2005 – 2008          Dr. Héctor Campanini
  • Periodo 2008 – 2011          Dr. Héctor Campanini
  • Periodo 2011 – 2014          Dra. Patricia Faucetta
  • Periodo 2014 – 2017          Dra. Patricia Faucetta
  • Periodo 2017 – 2021          Dra. Lidia Mannino
  • Periodo 2021 – 2024          Dra. Sandra Laura Álvarez
Desde su primer presidente hasta la actualidad, la entidad se ha mantenido en la búsqueda constante por ofrecer a sus colegiados actividades de capacitación profesional e incorporar nuevos servicios con el objetivo de añadir valor a la labor cotidiana de sus colegiados.